A comienzos de 2026, se produjo un cambio significativo en la actividad hípica de la provincia de Buenos Aires. Y es que El Instituto Provincial de Lotería y Casinos (IPLyC) autorizó oficialmente a las agencias de carreras de hipódromos a operar como canal de registro de apostadores para las empresas licenciatarias del juego online.
La medida fue formalizada a través de la Resolución N° 17-IPLYCMGGP-2026 y habilita a las agencias hípicas a incorporarse al ecosistema del juego online en territorio bonaerense. Cabe recordar que el esquema regulado de apuestas digitales rige en la provincia desde 2019.
Las agencias hípicas de la Provincia de Buenos Aires participarán del juego online
El crecimiento sostenido de las plataformas de apuestas online en los últimos años impulsó a la Cámara Argentina de Agencias de Turf (CAAT) a reclamar y gestionar cambios regulatorios que permitieran la inclusión del sector. Finalmente, con esta decisión, la actividad hípica de la provincia de Buenos Aires amplía su alcance y se integra al mercado del juego online.
En la resolución, el organismo regulador destacó la necesidad de extender la actividad hípica al ámbito digital, con el objetivo de participar en un mercado ya consolidado y captar a un público apostador que se encuentra plenamente activo en este formato.
En este nuevo esquema, las agencias hípicas podrán ofrecer a sus clientes el registro como apostadores en cualquiera de las empresas licenciatarias del juego online habilitadas en la provincia. Para ello, los agentes deberán celebrar acuerdos de adhesión con las licenciatarias, ya sea de forma directa o a través de la CAAT. Estos acuerdos no tendrán carácter de exclusividad.
Puntos clave de la Resolución N° 17-IPLYCMGGP-2026
Entre los aspectos más relevantes de la normativa, se destacan los siguientes:
- El vínculo comercial entre las licenciatarias, los agentes hípicos y la CAAT no será responsabilidad del Instituto Provincial de Lotería y Casinos.
- Se establecen criterios uniformes para el esquema de comisiones que percibirán las agencias por la actividad de los apostadores registrados.
- Las comisiones serán determinadas por la Dirección Provincial de Juegos y Explotación.
- Los incentivos mínimos para los usuarios que se registren a través de las agencias deberán ser informados y aprobados conjuntamente con las comisiones.
- Las agencias hípicas podrán destinar un espacio específico dentro de sus locales para el registro de usuarios y el uso de plataformas de apuestas, el cual no podrá superar el 40% de la superficie total del establecimiento.
- El Instituto fijará lineamientos de imagen y publicidad para garantizar una promoción uniforme dentro del circuito hípico.
- Las licenciatarias y la CAAT deberán notificar los contratos celebrados a la Dirección Provincial de Juegos y Explotación, a la Dirección Provincial de Hipódromos y Casinos y a los hipódromos oficiales de La Plata y San Isidro.
- Los contratos tendrán la misma duración que las licencias, salvo rescisión anticipada por parte del agente hípico, quien deberá notificar con un preaviso de 60 días.
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