La Corte Constitucional de Colombia declaró ayer por la noche inexequible el Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual el gobierno de Gustavo Petro había establecido por un periodo de 30 días el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio.
La medida, que había sido suspendida provisionalmente desde el 29 de enero de 2026 por una votación de seis magistrados contra dos, tenía como objetivo facultar al Ejecutivo para implementar un paquete de reformas fiscales orientadas a recaudar cerca de 11 billones de pesos, con el propósito de enfrentar lo que el gobierno ha calificado como una crisis fiscal y social.
El conjunto de medidas fiscales contemplado en el decreto incluía modificaciones significativas, entre ellas el incremento del IVA aplicado a licores, que pasaría del 5 al 19 por ciento, así como un aumento del 15 por ciento en el impuesto de renta para las entidades financieras, elevando la tarifa hasta el 50 por ciento. También se incluía la aplicación del 19 por ciento de IVA a bienes catalogados como de lujo, tales como yates y motocicletas de alto cilindraje, así como a los ingresos derivados del juego online.
El fallo de la Corte Constitucional contra el decreto de Petro
En una declaración pública que ofreció la Corte Constitucional, tras declarar inexequible la emergencia económica del gobierno, el magistrado Camargo Assís señaló: “El decreto 1390 de 2025 vulneró los principios democráticos y de separación de poderes en la medida en que el Gobierno Nacional se apropió de competencias de otras ramas del poder público sin cumplir con los requisitos constitucionales que habilitan un estado de excepción”.
En su determinación, el alto tribunal resolvió retirar del ordenamiento jurídico el decreto que sustentaba la declaratoria de emergencia, una figura que permitía al Ejecutivo expedir normas con fuerza de ley en contextos excepcionales. Con esta decisión, el decreto pierde vigencia y deja de producir efectos jurídicos.
De acuerdo con la información oficial, la Sala Plena no solo se pronunció sobre el Decreto 1390 de 2025, sino que también evaluó la situación de otras disposiciones expedidas en su desarrollo. En ese sentido, la Corte Constitucional dispuso que los Decretos Legislativos 1474 de 2025 y 044 de 2026 “continuarán sin producir efectos” hasta tanto se adopte una decisión definitiva sobre su constitucionalidad.
En la ponencia sometida a consideración, el magistrado Carlos Camargo Assis había propuesto declarar la inconstitucionalidad total del decreto, al considerar que los hechos invocados por el Gobierno Nacional no cumplían con los requisitos de imprevisibilidad y excepcionalidad exigidos por la Constitución Política.
En ese contexto, sostuvo que el decreto constituye “una afrenta al funcionamiento del Congreso de la República”, en la medida en que respondería a un desacuerdo político derivado de la negativa legislativa.
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