El juicio que enfrenta a la empresa Vidaplan S.A. —vinculada al ex Hotel Mantra y anterior operadora del Casino Nogaró— con la Dirección General de Casinos (DGC) de Uruguay sigue avanzando.
Así, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1° turno revocó una decisión de primera instancia y autorizó a la compañía a incorporar hechos nuevos a su demanda por 25 millones de dólares, entre ellos el impacto del incendio ocurrido en Punta Shopping entre 2022 y 2023.
La resolución de segunda instancia dejó sin efecto lo dictaminado por la jueza Fabiana Weisz Collazo y permitió que el expediente, iniciado en 2020, incorpore elementos probatorios que la empresa considera centrales para demostrar su reclamo por competencia desleal.
El tribunal entendió que los hechos invocados por Vidaplan cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 121.2 del Código General del Proceso: son posteriores al inicio del juicio, guardan relación con el objeto del litigio y pueden incidir en el derecho reclamado.
“El hecho nuevo debe tener cierta relación con el objeto del proceso”, señala el fallo, que aclara que su peso real deberá evaluarse recién en la sentencia definitiva. En ese marco, el tribunal estableció que “la etapa de admisión no puede convertirse en un análisis anticipado del fondo». Con ese criterio, consideró que la jueza de primera instancia había incurrido en valoraciones propias de una sentencia final al rechazar la prueba, y dispuso que el expediente pase a un juez subrogante.
El incendio que modifica la estrategia probatoria por los casinos
El elemento incorporado al caso “no pertenece al origen del conflicto, pero puede cambiar su interpretación”, dijeron. El incendio que afectó a Punta Shopping entre 2022 y 2023 provocó el cierre parcial del centro comercial, con excepción del casino.
Según la postura de Vidaplan, ese escenario permitió observar el comportamiento real del mercado. De esta forma, mientras el Casino Nogaró registró una recuperación de ingresos, la sala del shopping experimentó una caída significativa. Para la empresa, esa conducta evidencia que ambos establecimientos compiten por la misma clientela, uno de los pilares de su demanda.
La demanda se originó tras la rescisión del contrato de subarrendamiento del Casino Nogaró en 2020. Vidaplan sostiene que, a partir de ese momento, la DGC desplegó “una estrategia comercial orientada a fortalecer el casino estatal de Punta Shopping en detrimento de su operación”.
Desde el Estado, en cambio, se ha cuestionado esa interpretación, señalando que no existe competencia desleal entre un operador privado y un casino explotado directamente, y que los hechos invocados ocurrieron años después de la finalización de la relación contractual. El tribunal, en esta etapa, evitó entrar en esa discusión y trasladó la definición al fallo de fondo.
Ahora, Vidaplan podrá incorporar al proceso pruebas vinculadas al incendio y su impacto en ambos casinos, elementos que considera “determinantes para demostrar el nexo entre la conducta atribuida a la DGC y los daños reclamados, que incluyen despidos, deudas con proveedores y costos operativos del Nogaró”.
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