SPA reglamenta el proceso sancionador para la distribución de premios en Brasil
La Secretaría de Premios y Apuestas del Ministerio de Hacienda de Brasil (SPA/MF) publicó en el Diario Oficial de la Unión (DOU) la Ordenanza SPA/MF N.º 1.818/2026, que reglamenta el régimen sancionador aplicable a las operaciones de distribución gratuita de premios con fines promocionales, a las promociones realizadas por concesionarias y permisionarias de servicios de radiodifusión y por organizaciones de la sociedad civil, así como a la captación anticipada de ahorro popular.
La norma establece que constituye una infracción administrativa realizar estas operaciones sin autorización previa del Ministerio de Hacienda, incumplir el plan de distribución de premios o desvirtuar su finalidad, así como infringir los términos de la autorización otorgada para las operaciones de captación anticipada de ahorro popular.
También se consideran infracciones el incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias cuya fiscalización corresponde a la SPA.
Las decisiones de la SPA podrán ser impugnadas mediante recurso ante el Consejo de Recursos del Sistema Financiero Nacional (CRSFN) dentro del plazo de diez días, sin efecto suspensivo. Asimismo, queda prohibida la celebración de acuerdos de compromiso para este tipo de infracciones.

SPA establece reglas para los procesos sancionadores
El documento también define las reglas para la tramitación de los procesos administrativos sancionadores en el ámbito de la SPA. De acuerdo con la ordenanza, la Subsecretaría de Monitoreo y Fiscalización será responsable de iniciar, instruir y analizar los procesos, mientras que la decisión final corresponderá a la Subsecretaría de Acción Sancionadora.
Además, la norma establece que los actos procesales deberán realizarse, preferentemente, por medios electrónicos. Las comunicaciones con los interesados se efectuarán a través de las direcciones registradas ante la SPA, y la presentación de documentos deberá realizarse mediante el Sistema Electrónico de Información (SEI), salvo en los casos expresamente previstos por la ordenanza.
Normas sobre notificaciones y acceso al proceso
La ordenanza también regula las reglas de acceso al proceso administrativo sancionador antes de la decisión de primera instancia. Durante ese período, la consulta estará restringida a las partes legalmente habilitadas y podrá realizarse mediante la dirección electrónica registrada en el SEI. Los incidentes procesales no previstos expresamente en la norma serán resueltos por la autoridad competente y no suspenderán los plazos ni la tramitación del proceso.
En cuanto a las comunicaciones formales, la norma distingue entre notificación e intimación. La notificación tiene por objeto informar al interesado sobre las irregularidades detectadas y garantizar su derecho de defensa, mientras que la intimación se utiliza para solicitar información, realizar diligencias o comunicar actuaciones procesales. En los casos de interesados indeterminados, desconocidos o con domicilio incierto, las comunicaciones se efectuarán mediante publicación oficial.
Reglas, plazos y decisiones
La ordenanza también establece las reglas para el cómputo de los plazos en el proceso administrativo sancionador. Como regla general, el interesado contará con diez días corridos para realizar los actos procesales. En el caso de la defensa, el plazo será de hasta 30 días contados desde la notificación, acompañada de la documentación y demás elementos probatorios.
Una vez concluida la etapa de instrucción, el proceso será remitido a la Subsecretaría de Acción Sancionadora para la decisión de primera instancia, la cual deberá estar debidamente fundamentada e indicar los hechos, los fundamentos jurídicos y la conclusión respecto de la aplicación de sanciones o del archivo del expediente.
Antes de la decisión, el expediente podrá ser devuelto al área de fiscalización para la realización de diligencias o una nueva evaluación jurídica y, en caso de imponerse una sanción, podrá ordenarse el pago de la tasa de autorización correspondiente. Asimismo, cuando se detecten incumplimientos tributarios, el caso deberá ser comunicado a la Receita Federal para que adopte las medidas pertinentes.
Las infracciones podrán dar lugar, de manera individual o acumulativa, a sanciones como apercibimiento, multa, revocación de la autorización y prohibición de realizar operaciones por un período de hasta tres años, según la gravedad de la conducta y el tipo de irregularidad. También podrán aplicarse medidas como un régimen especial de fiscalización y la suspensión inmediata de la actividad.
Además, si la multa no se paga dentro del plazo de diez días, podrá iniciarse el procedimiento para su inscripción como deuda activa de la Unión. En los casos en que existan indicios de delito o de infracciones a otras normas, la SPA deberá comunicar los hechos al Ministerio Público y a las demás autoridades competentes.


